CERTIFICADO DE MONTAJE PARA «BOUS AL CARRER»

El DECRETO 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer), es la normativa por la que se deben de regir los festejos taurinos.

El técnico encargado de la supervisión y dirección del montaje de las instalaciones comprobará su solidez, resistencia y seguridad, emitiendo un certificado de montaje que el organizador o promotor del festejo presentará al director de este con antelación suficiente a su celebración. En el caso de que los festejos se desarrollen durante varios días, el técnico competente efectuará nuevas revisiones y emitirá el correspondiente certificado siempre que las instalaciones hayan sufrido alteraciones que puedan afectar a su solidez, resistencia, seguridad o cambio de emplazamiento. No se considerarán como tales la retirada del anclaje
y el nuevo anclaje de aquellas realizado para la apertura de las calles y permitir el paso de vehículos.

Las instalaciones que deberán ser revisadas serán:

  • Instalaciones y elementos estructurales de protección, cierre y delimitación pueden ser:a) Barreras de cierre del recinto donde se desarrolla el festejo, que podrán ser de tijera o verticales.b) Plataformas para el público (Cadafals).c) Defensas individuales de recintos particulares. Las defensas individuales de recintos particulares son elementos de protección de bienes particulares y refugio de participantes. Dicha defensas podrán realizarse con elementos verticales de cierre individual o mediante burladeros.
  • Los anteriores elementos impedirán, en todo caso, el paso de las reses y servirán como elemento de protección y refugio a participantes y espectadores.
  • Instalaciones y elementos estructurales de diversión. Se consideran elementos de diversión las estructuras utilizadas en los festejos de bous al carrer que se instalen en la plaza de toros o recinto taurino con la finalidad de potenciar la movilidad de reses y participantes en los mismos. Se entenderán como tales las pirámides, entablados, bancos o cualquier estructura cuya validación sea dada por el director del festejo acorde con las condiciones técnicas y de seguridad reconocidas.
  • El cerramiento del recinto deberá presenta una puerta de fácil acceso al servicio médico.
  • En el caso de que los festejos se desarrollen durante varios días, el técnico competente efectuará nuevas revisiones y emitirá el correspondiente certificado siempre que las instalaciones hayan sufrido alteraciones que puedan afectar a su solidez, resistencia, seguridad o cambio de emplazamiento. No se considerarán como tales la retirada del anclaje y el nuevo anclaje de aquellas realizado para la apertura de las calles y permitir el paso de vehículos.
  • El técnico responsable certificará la idoneidad de los anteriores elementos en atención al espectáculo o festejo taurino de que se trate, su resistencia y estabilidad a empujes y, en su caso, sobrecargas, así como la observancia específica de las condiciones de instalación.